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Legislación relativa al marcado CE

Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre de 2008, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. Transposición de la Directiva 2006/42/CE.

Directiva 2006/42/CE, de 17 de mayo de 2006, relativa a las máquinas y por la que se modifica la Directiva 95/16/CE (ascensores). Deroga la Directiva 98/37/CE.

Directiva 98/37/CE, normas, de 31 de diciembre de 2005, publicación de títulos y referencias de normas armonizadas conforme a la Directiva 98/37/CE relativa a la aproximación de legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas.

Directiva 98/37/CE, 1998, de 22 de junio de 1998, del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aproximación de legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas.

Nota. Considerando que la Directiva 89/392/CE del Consejo relativa a la aproximación de legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas fue modificada en diversas ocasiones, y en aras de una mayor claridad, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea adoptaron la Directiva 98/37/CE el 22 de junio de 1998.

Real Decreto 56/1995, de 20 de enero de 1995, por el que se modifica el Real Decreto 1435/1992 relativo a las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, sobre máquinas.

Nota. La Directiva 89/392/CE se modificó sucesivamente mediante las Directivas 91/368/CE de 22 de julio de 1991, 93/44/CE de 19 de julio de 1993 y 93/68/CE de 30 de agosto de 1993. Éstas fueron transpuestas al Derecho nacional Español mediante el RD 56 de 20 de enero de 1995.

Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre de 1992, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas.

Requisitos (marcado, declaración de conformidad y manual de instrucciones)

El marcado CE se aplica en el ámbito de la Unión Europea y corresponde a la legislación sobre máquinas cuyo objetivo es fijar los requisitos esenciales de seguridad y de salud de las personas, y en su caso, de los animales domésticos y de los bienes, cuando dichas máquinas estén instaladas y mantenidas convenientemente y se utilicen de acuerdo con su uso previsto.

Marcado

Para accesorios, cables y cadenas:

  • Identificación del fabricante.
  • Grado de calidad cuando la compatibilidad dimensional lo precise.
  • CMU.
  • Marcado CE.

Además para eslingas (máquinas en general):

  • El número de serie si existiera.
  • El año de fabricación.

Declaración de conformidad

  • Nombre y dirección del fabricante.
  • Razón social y dirección completa.
  • Descripción de la máquina.
  • Todas las disposiciones pertinentes a las que se ajuste la máquina.
  • En su caso, normas y especificaciones técnicas nacionales que se hayan utilizado.

Manual de instrucciones

  • El recordatorio de las indicaciones establecidas para el marcado, completadas, en su caso, por las indicaciones que permitan facilitar el mantenimiento.
  • Las condiciones previstas de utilización.
  • Las instrucciones para que puedan efectuarse sin riesgo: la puesta en servicio, la utilización, la manutención, la instalación, el montaje, el desmontaje, el reglaje, el mantenimiento (conservación y reparación).

Si desea ponerse en contacto con nosotros, puede escribirnos aquí.

 

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